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Posición de SAECC ante una ley para una muerte digna que beneficie a los pacientes (Noviembre de 2008)
La Sociedad Andaluza de Enfermería de Cuidados Críticos (SAECC), cree oportuna y necesaria la futura ley para una muerte digna porque beneficia a los pacientes en sus últimos días de vida.
En este sentido, por encima de un objetivo asistencial el acompañamiento a los enfermos durante sus últimos días de vida “es un deber ético de cualquier estado democrático donde la autonomía tiene que ser un objetivo primordial”.
El anteproyecto de ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte, que actualmente está en fase de alegaciones, debe recoger una realidad ligada a la atención diaria y la promoción de una muerte digna y confortable.
Es un proceso que requiere las mismas garantías de accesibilidad, capacidad de respuesta, seguridad y trato humano que el resto de procesos que llevan a la ciudadanía a ponerse en contacto con los diferentes sistemas sanitarios.
POR RESPETO A LA PERSONA
Para la SAECC es adecuada una ley centrada en el respeto a la persona, que le haga protagonista de su vida y también de su propia muerte. Además, abogamos por rediseñar los modelos de decisión entre los equipos de profesionales, para situar la muerte digna en el centro de las elecciones y de las acciones.
No estamos hablando de la eutanasia sino de dignificar el proceso de la muerte. Es una de las experiencias en las que las personas se encuentran con un mayor grado de sufrimiento y son más vulnerables, por lo que creemos que dicha Ley permitirá a los profesionales realizar el acompañamiento a la persona en la última etapa de su vida, de la manera más humana posible para favorecer una muerte digna y en paz.
La formación será un elemento fundamental para los profesionales, ya que, en su formación pregrado apenas recibimos educación en este sentido y según demuestran estudios científicos en nuestro país y a nivel internacional, esta es una asignatura pendiente en las facultades de Medicina y Enfermería.
Por todo ello, solicitamos que se avance en dicha ley y se aclaren conceptos en torno a los principales conflictos éticos, los derechos y garantías, la actualización de la regulación de las voluntades anticipadas o la profundización en los determinantes de la capacidad, entre otras cuestiones, para evitar “agujeros” en la futura aplicación de la misma.
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